3. Requisitos de los nuevos asociados
Podrán formar parte de la Asociación
todas las personas físicas y jurídicas que, libre y voluntariamente,
tengan interés en el desarrollo de los fines de la asociación
con arreglo a los siguientes principios:
a) Las personas físicas con capacidad de obrar
y que no están sujetas a ninguna condición legal para
el ejercicio del derecho.
b) Los menores no emancipados de más de catorce años de
edad deben contar con el consentimiento documentalmente acreditado de
las personas que deban suplir su capacidad.
c) Las personas jurídicas, previo acuerdo expreso de su órgano
competente.
Si deseas hacernos alguna sugerencia o solicitar más
información, escribe a:
preaccion@preparaccion.org,
preparaccion@yahoo.es